Bono social, qué es y cómo solicitarlo

El bono social es un descuento en la factura de la luz (entre el 25% y el 40%) al que pueden acogerse determinados clientes siempre que se cumplan determinados requisitos.

Estos requisitos socio-económicos se establecen en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.

Requisitos para solicitar el bono social

Para poder beneficiarse del descuento en la factura eléctrica, el solicitante debe estar clasificado como consumidor vulnerable y, además, cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el titular sea persona física.
  • Que el Punto de Suministro para el que se solicite la aplicación del bono social sea el de la vivienda habitual.
  • Que el titular esté acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepte la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
  • Que la potencia contratada para dicho punto de suministro sea igual o inferior a 10 kW.

Por otro lado, podemos distinguir tres tipos de consumidores que pueden acogerse al bono social:

Consumidor vulnerable

Se considerará consumidor vulnerable (descuento del 25%) aquel que se encuentra en cualquiera de las tres situaciones siguientes:

1. Unidades familiares con renta igual o inferior a:

  • 1.5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples de 14 pagas) si no hay unidad familiar o no hay menores en la misma. En caso de que el solicitante o algún miembro de la unidad tengan reconocida una discapacidad de al menos el 33%, es víctima de violencia de género o del terrorismo, el límite aumenta a 2 veces el IPREM.
  • 2 veces el IPREM si hay un menor unidad familiar o 2.5 veces el IPREM si algún miembro de la unidad posee una discapacidad reconocida de al menos el 33%, es víctima de violencia de género o del terrorismo.
  • 2.5 veces el IPREM en caso de unidades familiares con dos menores aumentando hasta 3 veces el IPREM siempre que alguno de sus miembros posea una discapacidad reconocida de al menos el 33%, sea víctima de violencia de género o del terrorismo.

2. Todas las familias numerosas.

3. Que el consumidor o todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas (jubilación o incapacidad permanente) del sistema de la Seguridad Social por una cuantía mínima y no reciban otros ingresos.

Consumidor vulnerable severo

Pueden darse tres situaciones en las que un usuario es considerado como consumidor vulnerable severo (descuento del 40%):

1. El nivel de renta es la mitad del requerido para un consumidor vulnerable en su misma situación. Por ejemplo, en el caso una familia sin menores, que la renta sea igual o inferior a 0.75 veces el IPREM.

2. Familias numerosas con una renta igual o inferior a 2 veces el IPREM.

3. El consumidor o todos los miembros de la unidad familiar son pensionistas (jubilación o incapacidad permanente) del sistema de la Seguridad Social por una cuantía mínima, no reciban otros ingresos y su renta sea igual o inferior a 1 vez el IPREM.

Finalmente, si un consumidor clasificado como consumidor vulnerable severo recibe una financiación de al menos el 50% de su factura de luz por parte los servicios sociales locales o autonómicos, no se le podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Evolución del precio final medio la energía

¿Dónde se puede consultar el IPREM?

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es el índice que sirve como referencia en España para la asignación de ayudas y subsidios en función de los ingresos. Se creó en 2004 como reemplazo del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) cuyo uso se reduce al ámbito laboral.

El valor del IPREM se actualiza cada año en los presupuestos generales del estado y en 2018 se sitúa en 537.84 € mensuales. Se puede consultar en la página web de organismos oficiales como el SEPE.

¿Qué descuento se aplica?

Tal y como hemos mencionado, los descuentos varían son del 25% para los consumidores vulnerables y del 40% para los consumidores vulnerables severos. El bono social se aplica durante dos años, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos, momento en el que se ha de renovar.

Este descuento se aplica tanto al término de energía, como al término de potencia contratada y con un límite de consumo máximo anual. Una vez superado el límite, el precio será el habitual del PVPC. Los límites de energía sujeta a descuento son, en cada caso:

Categoría Anual Mensual
Unidad familiar sin menores o demandante individual 1.200 kWh 100 kWh
Unidad Familiar con un menor 1.680 kWh 140 kWh
Unidad familiar con dos menores 2.040 kWh 170 kWh
Unidad familiar familias numerosas 3.600 kWh 300 kWh
Unidad familiar con la condición de pensionistas 1.680 kWh 140 kWh

Algunos expertos consideran que estos límites son bastante bajos, sobre todo para las familias con un solo hijo. Hemos de señalar que el consumo medio por hogar se sitúa en los 3.487 kWh (según un informe de IDAE).

Adicionalmente, los beneficiarios del bono cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (4 meses desde la primera notificación de impago, en lugar de los 2 meses habituales).

¿Cómo solicitar el Bono Social?

Para solicitar o renovar el bono social hay que dirigirse a alguna de las comercializadoras de referencia, las que permiten contratar el PVPC. Ellas son las responsables de ofrecer y financiar el bono social.

Si se reúnen los requisitos, ha de cumplimentarse y proporcionar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud (Disponible en la web de cada comercializadora de referencia)
  • Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y de los menores de 14 años que dispongan de él).
  • Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.

Además, según el caso ha de aportarse también:

  • En el caso de familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
  • En el caso de que el titular o la unidad familiar esté integrada exclusivamente por pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente que cobren la pensión mínima, certificado de la Seguridad Social para todos ellos.
  • Certificado o documento acreditativo emitido por los servicios sociales del órgano competente para las circunstancias especiales de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo.

Como vemos, el bono social puede suponer un ahorro importante en el gasto de electricidad, pero solo es accesible a determinados consumidores. Si queremos llevar el ahorro un paso más allá podemos consultar el siguiente artículo con más de 100 formas de ahorrar energía.